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Otros precedentes históricos


Era España al verificarse la invasión de los bárbaros, una de las diócesis de la prefectura de las Galias, y se hallaba dividida en varias provincias, constituyendo una verdadera unidad territorial, enclavada dentro de la unidad general del imperio romano. 


Esa unidad se rompe, pasan por nuestro suelo los vándalos, alanos, silmgos, etc.;  se asientan en él los visigodos y los Suevos; del reino fundado por éstos, se apoderan aquéllos, en tiempo de Leovigildo, y después de este hecho, puede decirse que se constituye la unidad territorial en nuestra patria,
pues los pocos orientales que en ella continuaron, no constituían en realidad un elemento de importancia.

La unidad territorial se consiguió, pues, después que la religiosa y antes que la jurídica, siendo, por tanto, sobradamente tarde cuando se logró para que produjera sus naturales consecuencias.
Es más, al establecerse, se hizo con exceso, porque no se limitó a nuestra Península, sino a la Mauritana Tingitana y a la parte meridional de las Galias, y esta circunstancia quizás fue un peligro para esa misma unidad.

De la unidad familiar, puede decirse algo análogo a la que acabamos de indicar respecto de la unidad territorial, pues la completa separación que entre los vencidos y vencedores se estableció, a virtud principalmente de la prohibición de celebrar matrimonios entre individuos de una y otra raza, subsistió durante largo tiempo, según hemos indicado.

Igual consideración cabe hacer respecto de la unidad social, relativa al goce de las tierras y de los derechos. Al tiempo de verificarse la invasión, se dividieron las tierras en tres partes, de las cuales se reservaron dos los visigodos, eximiéndoles de toda tributación, y concedieron la restante a los hispanos, gravándola con fuertes cargas, sin que en un principio se permitiera que pasaran las de unos a los otros. Es cierto que el Fuero Juzgo borró esa diferencia, permitiendo que los visigodos poseyeran tierras de las asignadas los hispanos y viceversa, pero siempre continuaron las cargas pesando sobre la tercia romana.

Otro tanto acontecía respecto del goce de los demás derechos, pues las diferencias por razón de raza, subsistieron constantemente. Los monarcas, la clase noble, eran de la raza vencedora, y sólo los hispanos ejercieron influencia en la gobernación pública, por pertenecer a dicho elemento el clero, en su inmensa mayoría.

En cuanto a la unidad política, puede afirmarse, rigurosamente hablando, que no se logró jamás, aun cuando fueran favorables a tal corriente las tendencias que existieron desde el Fuero Juzgo, porque siempre, en más o en menos, existieron diferencias entre vencidos y vencedores.

Consecuencia de la falta de unidad que en todos los órdenes existió en la monarquía visigoda, fue la falta de unión que se observa entre los dos pueblos que la integraban: el visigodo y el hispano. Estos pueblos, nunca llegaron a fundirse, y la separación en que vivieron, hizo que no tuvieran los hispanos, al realizarse la invasión de los árabes, estímulo ninguno que les moviera a tomar parte activa en la defensa del reino, pues ellos, después de todo, sólo iban a cambiar de dominador, si los mahometanos triunfaban.


Matías Barrio y Mier (Verdeña, 1844 – Madrid, 1909)
De la serie, "Historia General del Derecho Español".


Es propiedad del Autor. Queda hecho el depósito que marca la Ley.


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